Es el acto en el cual se satisfacen el requisito de solemnidad a las decisiones realizadas de los acuerdos de los socios o accionistas de la sociedad, otorgándole certeza jurídica.
- Acta de Asamblea o de Consejo.
- Testimonio original de la Escritura constitutiva y modificaciones con sellos de inscripción del Registro Público.
- Cédula de Identificación Fiscal (RFC).
- Identificación oficial con fotografía.
Es obligatorio a fin de otorgar certeza jurídica a los acuerdos realizados dentro de la asamblea realizada mediante el notario la escritura pública para su posterior registro en el registro publico de comercio.